Precisiones sobre la declaratoria de nulidad de actos administrativos que terminan unilateralmente contratos (11:50 a.m.)
18 de Octubre de 2019
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Nota:
113295
En decisión de segunda instancia en un proceso de controversias contractuales, el Consejo de Estado precisó el procedimiento que deben cumplir los jueces para decidir la pretensión de nulidad del acta de terminación unilateral del contrato por existir causales de invalidación absoluta del negocio jurídico. Según el órgano de cierre de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, lo primero que deben hacer quienes administran justicia es estudiar la legalidad del acto administrativo y en caso de concluir que las autoridades públicas incurrieron en error al terminar unilateralmente el contrato porque la causal alegada carecía de sustento el juez deberá invalidar este acto administrativo (siempre que no haya operado la caducidad) y, de oficio, verificar si existe otro motivo de nulidad para realizar funciones correctivas, en el caso de una nulidad relativa, o declarar la nulidad absoluta por razones diferentes a las inicialmente previstas.
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