Precisan alteración jurisprudencial sobre vigencias futuras excepcionales a favor de entidades territoriales (10:25 a.m.)
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16 de Agosto de 2018
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Los cambios jurisprudenciales tienen efectos hacia el futuro y sus consecuencias no pueden ser de aplicación retroactiva con el propósito de convalidar irregularidades, cuyos orígenes se ciernen de forma previa a su expedición. De acuerdo con lo anterior, la Sección Quinta del Consejo de Estado precisó recientemente que la sentencia del 1º de febrero del 2018, que enuncia una alteración jurisprudencial en lo que concierne las vigencias futuras excepcionales a favor de las entidades territoriales, la cual estuvo acompañado de una aclaración de voto conjunta suscrita por los consejeros Roberto Augusto Serrato y María Elizabeth García, es aplicable hacia futuro (C. P. Lucy Jeannette Bermúdez).
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