No procede la vacancia temporal de un empleo provisional mientras su titular cumple periodo de prueba en carrera
05 de Abril de 2022
De acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2.5.2.2 del Decreto 1083 del 2015 (DUR del sector Función Pública), relacionado con la vacancia temporal, el empleo queda vacante temporalmente cuando su titular está, entre otras situaciones, en periodo de prueba en otro empleo de carrera, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública.
Por su parte, el artículo 2.2.5.5.49, sobre período de prueba en empleo de carrera, establece que el empleado con derechos de carrera administrativa que supere un concurso para un empleo de carrera será nombrado en periodo de prueba y su empleo se declarará vacante temporalmente mientras dure este periodo.
Por lo tanto, solo es procedente que cuando un empleado con derechos de carrera supere un empleo en otra entidad se posesione del mismo, evento en el cual se declarará la vacancia temporal por el término del periodo de prueba, sin que por este hecho se incurra en inhabilidad o incompatibilidad.
Esta situación no es aplicable a quienes ocupan empleos de manera provisional, quienes deben renunciar al empleo que desempeñan para poder posesionarse en periodo de prueba en otra entidad. Así las cosas, no es viable que un empleado nombrado en provisionalidad solicite la declaración de vacancia temporal de su cargo mientras cumple el periodo de prueba en un empleo de carrera en otra entidad.
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