Niegan indemnización de perjuicios por ‘sistemática acción de desprestigio’ contra la Fundación Convivir (10:30 a.m.)
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09 de Mayo de 2013
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El Consejo de Estado negó las pretensiones de reparación directa que presentó la Fundación Convivir contra el Municipio de Tuluá (Valle del Cauca) por los perjuicios ocasionados como consecuencia de la “sistemática acción de desprestigio” que le impidió desarrollar un proyecto de construcción de viviendas comunitarias en esta jurisdicción. A juicio de la Sección Tercera, al proceso no se allegó prueba alguna que permita demostrar el daño, sobre las vallas de la curaduría urbana, considera que son alertas generales sobre el riesgo de urbanizadores piratas, respecto de las declaraciones extraprocesales y las copias desprovistas de autenticación señaló que no reúnen los presupuestos de eficacia probatoria y no pueden ser valoradas, según los artículos 252 y 254 del Código de Procedimiento Civil. Por último, recordó que la eficacia de las publicaciones periodísticas en medios de comunicación como plena prueba depende de su conexidad y su coincidencia con otras pruebas (C. P. Mauricio Fajardo Gómez).
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