Listas de elegibles en la DIAN solo pueden proveer vacantes de los empleos que hayan sido convocados (3:47 p.m.)
20 de Mayo de 2013
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Nota:
88425
El Departamento Administrativo de la Función Pública modificó el Decreto 3626 del 2005, que reglamentó el sistema específico de carrera de los empleados de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La modificación precisa que una vez provistos en periodo de prueba los empleos convocados a concurso en la DIAN, la lista de elegibles que resulte de dicho proceso solo podrá ser utilizada para suplir de manera específica las vacancias definitivas que se generen en los mismos empleos para los cuales fueron convocados, con ocasión de la configuración para su titular de alguna de las causales de retiro del servicio consagradas en el artículo 54 del Decreto-Ley 765 del 2005.
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