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Lineamientos para fijar criterios de salida de la reparación administrativa de las víctimas (2:13 p.m.)

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29 de Julio de 2019

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Con el Decreto 1356 del 2019, el Gobierno fijó los lineamientos generales para establecer los criterios de salida de la reparación administrativa de las víctimas, en sus dimensiones individual y colectiva, cuya medición será realizada por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Ley 1753 del 2015. Las medidas de reparación administrativa que son objeto de esta medición son: la restitución, indemnización, satisfacción y garantías de no repetición, en sus dimensiones individual y colectiva. La medida de rehabilitación no es objeto de la medición toda vez que responde a procesos que permanecen en el tiempo y que se brindan de manera preferencial y diferencial a las víctimas del conflicto armado interno. Se determinará que una víctima ha sido reparada administrativamente una vez se hayan cumplido los criterios de salida de la reparación administrativa y el índice global de reparación administrativa. Para establecer los criterios se deberán tener en cuenta aquellos bienes y servicios que conforme a las medidas señaladas en el artículo 69 de la Ley 1448 del 2011 están destinados a reparar individualmente a las personas y no como parte de conglomerados sociales o priorización en la oferta social en materia de asistencia.

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