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La simple admisión de la demanda contra un fallo con responsabilidad fiscal no le quita fuerza ejecutoria ni lo excluye del Boletín de Responsables Fiscales (8:00 a.m.)

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22 de Septiembre de 2010

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La demanda contra un fallo con responsabilidad fiscal ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo no le quita fuerza ejecutoria, pues se requiere la decisión del juez en el sentido de suspenderlo provisionalmente o anularlo, indicó la Contraloría General de la República. Así las cosas, precisó la entidad, la simple admisión de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho no genera la exclusión del Boletín de Responsables Fiscales.

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