Importante precisión sobre tasación de perjuicios morales en casos de privación injusta de la libertad
24 de Abril de 2020
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Nota:
115576
El Consejo de Estado, recordando una línea jurisprudencial, manifestó que en los eventos de perjuicios morales reclamados en relación con una persona que fue privada de la libertad injustamente y este perIodo fuera superior a tres meses e inferior a seis, para la persona que sufrió la restricción a su derecho fundamental corresponderá una indemnización por daño moral equivalente a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes (C. P. Ramiro Pazos).
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