Identifique las diferencias entre el error judicial y el defectuoso funcionamiento de la justicia (2:55 p.m.)
05 de Febrero de 2019
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Nota:
122365
El Consejo de Estado explicó recientemente que en relación con la responsabilidad patrimonial del Estado se establecieron tres supuestos: el error jurisdiccional, el defectuoso funcionamiento de la administración de justicia y la privación injusta de la libertad. En efecto, para que se abra paso la responsabilidad patrimonial del Estado por el error judicial es necesario que concurran los siguientes elementos: i) que dicho error esté contenido en una providencia judicial; ii) que esta sea proferida por un funcionario investido de autoridad judicial y iii) que el afectado hubiere interpuesto contra la citada providencia los recursos procedentes. En cuanto al defectuoso funcionamiento de la administración de justicia, a diferencia del error judicial, “se produce en las demás actuaciones judiciales necesarias para adelantar el proceso o la ejecución de las providencias judiciales”, finaliza el fallo (C. P. Ramiro Pazos).
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