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Gobierno reglamenta el otorgamiento de beneficios por delatar acuerdos anticompetitivos (5:01 p.m.)

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06 de Agosto de 2010

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Una de las principales novedades del nuevo régimen de protección de la competencia (Ley 1340/09) consiste en la autorización a la Superintendencia de Industria y Comercio para conceder beneficios por colaboración a las personas naturales o jurídicas que participen en cualquier acuerdo restrictivo de la libre competencia que delaten su existencia y colaboren con la entrega de información, de pruebas o identifiquen a los demás participantes de esas conductas. El beneficio puede incluir la exoneración total o parcial de la multa que sería impuesta y, en ningún caso operará para el instigador o promotor de la conducta. Mediante el Decreto 2896 de ayer 5 de agosto, el Gobierno estableció las condiciones generales para el otorgamiento de tales beneficios.

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