Falta de recursos públicos no es excusa para no proteger los derechos colectivos (4:18 p.m.)
12 de Julio de 2019
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Nota:
121592
La Sección Primera del Consejo del Estado precisó que la falta de disponibilidad presupuestal y de existencia real de recursos no constituye un argumento válido o una excusa para no proteger los derechos colectivos y, en este caso, para destruir el acervo probatorio que sirvió de fundamento al ejercicio de la acción popular. Según el fallo, ante esa situación lo procedente es que las autoridades públicas efectúen gestiones y actuaciones de orden administrativo, presupuestal y financiero que permitan la consecución de los recursos necesarios para adelantar las obras ordenadas. Pero es importante aclarar que, si bien dichas gestiones no pueden ser inmediatas, tampoco pueden prolongarse en el tiempo, ya que los entes públicos no pueden dilatar indefinidamente las soluciones a las necesidades colectivas ni permanecer indiferentes ante los riesgos que amenacen los derechos y la seguridad de los ciudadanos (C.P. Hernando Sánchez Sánchez)
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