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02 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 2 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Evaluación de desempeño no aplica a quienes están vinculados en provisionalidad

10 de Agosto de 2021

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La evaluación de desempeño laboral es propia de los empleados públicos de carrera administrativa, los que están en periodo de prueba y de libre nombramiento y remoción. Por lo tanto, precisó el Departamento Administrativo de la Función Pública, las normas que regulan la materia no consagran la mencionada evaluación para las personas vinculadas mediante nombramiento provisional.

No obstante, la entidad puede evaluar a los empleados provisionales y temporales a través de instrumentos específicos diseñados para tal fin o emplear formatos similares a los que utiliza para la evaluación de los empleados de carrera o en periodo de prueba.

De esta manera, la evaluación del desempeño para provisionales y temporales debe generarse como una política institucional, dentro de un marco de apoyo y seguimiento a la gestión de la entidad que permita medir su desempeño institucional.

Esta evaluación, advirtió el DAFP, no genera derechos de carrera ni los privilegios que la ley establece para los servidores que ostentan la condición de provisionales y temporales, ni el acceso a los incentivos previstos para los funcionarios escalafonados en carrera administrativa.

Por lo tanto, es necesario que la entidad u organismo público indique de manera clara que la medición o evaluación del desempeño no modifica o muta la naturaleza de la vinculación, ni confiere derechos de carrera a quienes se vinculan de forma provisional en estos cargos.

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