Estos son los tres elementos que habilitan la competencia de la Sala de Consulta y Servicio Civil en conflictos de competencia
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12 de Junio de 2020
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La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado precisó los elementos que la habilitan para dirimir los conflictos de competencia administrativa. Estos son: (i) que se trate de una actuación de naturaleza administrativa, particular y concreta; (ii) que, simultáneamente, las autoridades concernidas nieguen o reclamen competencia para conocer de la actuación administrativa particular y, finalmente, (iii) que una de las autoridades inmersas en el conflicto de competencia administrativa sea del orden nacional, o que, en todo caso, no estén sometidas a la jurisdicción de un solo tribunal administrativo (C. P. Óscar Amaya).
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