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Estos criterios deben tener en cuenta las entidades estatales para someter sus diferencias a pactos arbitrales (2:43 p.m.)

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01 de Noviembre de 2019

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De acuerdo con lo previsto en la Directiva Presidencial 4 del 2018, en cuanto a la inclusión de cláusulas compromisorias en los contratos estatales, dentro de los criterios que deben tener en cuenta las oficinas jurídicas y los representantes o directores de las entidades públicas al momento de analizar las razones para sustraer de la jurisdicción las controversias que surjan de un contrato están la naturaleza de las partes, el objeto del contrato y la cuantía del proceso, indicó la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. El análisis de estos y otros factores les permitirá concluir que someter sus diferencias contractuales ante la justicia arbitral resulta más conveniente para los intereses del Estado.

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