Esto debe saber sobre el régimen de prestaciones para docentes del sector oficial (10:59 a.m.)
18 de Diciembre de 2018
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Nota:
109623
Una providencia reciente de la Sección Segunda del Consejo de Estado concluye que, de conformidad con el artículo 15 de la Ley 91 de 1989, los docentes que se vinculen a partir del 1° de enero de 1990, para efectos de las prestaciones económicas y sociales, se regirán por las normas vigentes aplicables a los empleados públicos del orden nacional que establecen un sistema anualizado, sin retroactividad y pago de intereses a sus beneficiarios. Encuentre la aplicación de esta tesis en la resolución del caso concreto objeto de estudio por parte de la Sala (C. P. Sandra Lisset Ibarra).
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