Error judicial vulnera los derechos de acceso a la administración de justicia y tutela judicial efectiva
La manifestación de un error judicial también puede configurar otros perjuicios, como lo sería un daño emergente.20 de Abril de 2023
El derecho al acceso a la administración de justicia guarda intensa relación con otras garantías, como el debido proceso y la doble instancia. Existen componentes comunes que hacen parte de sus núcleos esenciales:
i) El derecho a ser parte en un proceso judicial y hacer uso de los instrumentos jurídicos que el mismo proporciona.
ii) El derecho a que el trámite judicial concluya con una decisión de fondo sobre las pretensiones allegadas.
iii) La garantía de que los procedimientos jurídicos sean adecuados, idóneos y efectivos en relación con las pretensiones que se dirimen.
iv) El derecho a que las controversias se resuelvan en un plazo razonable.
v) El derecho a que el ordenamiento jurídico contemple de manera regular y permanente una variedad de instrumentos para que los conflictos se resuelvan de manera efectiva.
Por otro lado, si bien el daño a indemnizar en asuntos de error jurisdiccional consiste en la vulneración o lesión de los derechos de acceso a la administración de justicia y tutela judicial efectiva a causa del ejercicio abiertamente irregular, arbitrario o erróneo de la actividad jurisdiccional, lo cual constituye en sí mismo un daño autónomo susceptible de indemnización, lo cierto es que ello no desvirtúa la configuración de otros perjuicios, como lo es el daño emergente, toda vez que de la conducta errada de la administración de justicia se puede causar un detrimento patrimonial que deba ser reparado por el Estado, siempre y cuando esté acreditado (C. P..: José Roberto Sáchica Méndez).
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