Entidades públicas no pueden aplicar la contratación de mínima cuantía ni realizar convocatorias limitadas a las mipymes, hasta nueva reglamentación (10:15 a.m.)
20 de Junio de 2011
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Nota:
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Aunque el artículo 274 del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2010-2014 (Ley 1450/11, vigente desde el pasado 16 de junio), creó la mínima cuantía como nueva modalidad de selección para la adquisición de bienes y servicios cuyo valor sea inferior al 10% de la menor cuantía, independientemente del objeto de la contratación, las entidades públicas solo podrán aplicar ese procedimiento hasta que el Gobierno expida el respectivo decreto reglamentario, acaba de advertir el Departamento Nacional de Planeación (DNP). Así mismo, como el artículo 32 del PND modificó el artículo 12 de la Ley 1150 del 2007 (reforma al Estatuto General de Contratación Pública), en cuanto a la promoción del desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), norma que también debe ser reglamentada, las entidades no pueden continuar aplicando el Decreto 3806 del 2009, que ordena darles prelación a las mipymes en la contratación estatal.
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