En reparaciones directas, negar completamente valor probatorio de noticias hace procedente la tutela sobre sentencia (03:48 p.m.)
12 de Julio de 2016
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Nota:
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La decisión judicial que es adoptada desconociendo por completo el carácter probatorio de los recortes de prensa, noticias, opiniones, reportajes y columnas publicadas en los diversos medios de comunicación contradice el precedente judicial, por lo que una eventual tutela en contra de esa sentencia es procedente. Así lo advirtió la Sección Quinta del Consejo de Estado al proteger los derechos a la igualdad, debido proceso y acceso a la administración de justicia vulnerados por la Sección Cuarta, al declarar improcedente una acción de amparo dirigida contra un fallo de reparación directa que no otorgó valor a unos recortes de periódico aportados como prueba del daño. Según la corporación, la Sección Tercera tiene fijado un precedente obligatorio y vinculante frente a este tema, por lo que su inobservancia lesiona los derechos fundamentales de quien acude a la jurisdicción buscando justicia (C. P. Alberto Yepes).
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