En eventos de privación injusta no se determina régimen de responsabilidad subjetivo u objetivo (9:10 a.m.)
15 de Abril de 2019
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Nota:
112382
Luego de explicar varias sentencias de unificación sobre responsabilidad del Estado por la privación injusta de la libertad, tanto de la Corte Constitucional como del Consejo de Estado, la Sección Tercera de este último alto tribunal explicó que dicha jurisprudencia establece que en los eventos de privación injusta de la libertad no se determina un régimen único de responsabilidad subjetivo u objetivo. Sin embargo, aclaró que en cualquier línea que se aplique se debe tener en cuenta, frente al caso concreto, si la medida fue legal, razonable y proporcionada. La providencia también precisó, en la misma vía y en todos los eventos posibles, que será necesario descartar si el imputado o sindicado con su conducta dolosa o gravemente culposa dio lugar a la medida de privación de la libertad. Conozca las determinaciones expuestas en las sentencias de unificación de ambas corporaciones en el documento adjunto (C.P. María Adriana Marín)
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