Elección de secretario en los concejos municipales se rige por la Ley 1904 del 2018, mientras el Congreso define
31 de Enero de 2022
La elección del secretario general de los concejos municipales corresponde a dichas corporaciones públicas, atendiendo el procedimiento y las reglas de convocatoria que prevé la Ley 1904 del 2018, por la cual se establecen las reglas de la convocatoria pública para la elección de Contralor General de la República por el Congreso de la República.
Si bien existen normas que asignan la facultad nominadora del secretario de los concejos, las mismas no regulan el procedimiento que deben seguir para la elección del cargo, por lo que se debe dar aplicación al parágrafo transitorio del artículo 12 de la ley en mención, hasta tanto el Legislativo expida normas especiales para el efecto.
De acuerdo con esta última disposición, hasta que se dispongan las reglas de las demás elecciones de servidores públicos a cargo de las demás corporaciones públicas, según lo establece el artículo 126 de la Constitución Política, se dará aplicación por analogía a las reglas que señalan la Ley 1904 del 2018.
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