El valor de los perjuicios cubiertos por la garantía única de cumplimiento puede variar (11:17 a.m.)
14 de Noviembre de 2019
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Nota:
112925
Tras un incumplimiento contractual y los posteriores actos administrativos de terminación del contrato, la garante presentó acción de nulidad y restablecimiento del derecho por la presunta violación al debido proceso y pidió la nulidad de las resoluciones y la devolución del dinero pagado por concepto de pólizas. La Sección Tercera del Consejo de Estado, al conocer el caso, indicó que no se desconoció el derecho al debido proceso y que las entidades públicas pueden exigir los perjuicios que se les causen, incluso cuando sean mayores al monto de la cláusula penal pactada en el contrato y que pueden ser cubiertos por la garantía única de cumplimiento.
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