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Desistimiento ante causales de nulidad relativa del registro marcario es improcedente: Consejo de Estado (3:11 p.m.)

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25 de Septiembre de 2013

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El Consejo de Estado modificó su jurisprudencia al declarar improcedente el desistimiento en demandas que cuestionan un registro marcario, cuando ello involucre causales de nulidad relativa. Indicó que frente a estos casos no solo se ponen en juego los intereses de demandante y demandado, sino que podrían afectarse derechos de terceros, como los consumidores y los demás competidores. Así, la similitud o identidad entre dos marcas puede generar complicaciones para los compradores y para quienes comercializan el mismo tipo de producto afectado por el desistimiento, ya que se verían avocados a competir contra un registro marcario que puede ser ilegal. Ante estas eventualidades, dice la providencia, es necesario que el juez adelante el control de legalidad, aunque el accionante haga expresa su voluntad de desistir de sus pretensiones de nulidad (C. P. Marco Antonio Velilla).

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