Declaran legalidad de resolución que suspendió términos en los procesos sancionatorios y disciplinarios
08 de Julio de 2021
La Sala Especial del Consejo de Estado declaró la legalidad de la Resolución 2020SES007495 del 2020, expedida por la Superintendencia de la Economía Solidaria, relacionada con el examen formal y material realizado en este control inmediato de legalidad.
Esta disposición suspendió los términos en los procesos administrativos de carácter sancionatorio y disciplinario y también el recibo de correspondencia física de los usuarios externos y, en su lugar, habilitó los canales virtuales para el acopio de peticiones y trámites.
Cabe precisar que estas medidas rigieron desde el 13 de julio al 31 de agosto del 2020 y se tomaron en el marco de la emergencia sanitaria derivada de la pandemia del coronavirus (covid-19) y del estado de excepción declarado por el Decreto 417 del 2020. (Lea: Coronavirus (covid-19)Supersolidaria amplía suspensión de términos)
Según el alto tribunal administrativo, las medidas impartidas por la resolución se ajustan a la necesidad de acatar las medidas sanitarias tomadas para controlar la pandemia y son consecuentes con la situación de los servidores de la superintendencia, los interesados en las actuaciones administrativas y, en general, las personas que tenían restringido el acceso a la sede de la entidad.
Entonces, el acto está acorde con la motivación que llevó a la declaratoria del estado de excepción ante la emergencia sanitaria y con las razones que justificaron la expedición del Decreto Legislativo 491 del 2020. Además, estas determinaciones son adecuadas y proporcionales al fin que persiguen (C. P. Guillermo Sánchez Luque).
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