¿Cuáles son los límites de la potestad reglamentaria del gobierno? (9:21 a.m.)
03 de Mayo de 2018
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Nota:
60875
En reciente concepto, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado explicó el contenido y alcance de la potestad reglamentaria del Gobierno. Algunas de sus características son: (i) conlleva el ejercicio de una función administrativa; (ii) tiene como propósito precisar y detallar la ley para que de esta forma pueda ejecutarse adecuadamente y (iii) finaliza con la expedición de actos de carácter general y abstracto, los cuales, en el caso del Presidente de la República, reciben el nombre de decretos reglamentarios. Así las cosas, el concepto señala que no es posible ejercer la potestad reglamentaria cuando se trate de una ley que incorpore disposiciones precisas y claras que no requieren de una regulación adicional para su ejecución (límite por necesidad). De otra parte, también se indicó que entre más detallada sea la norma expedida por el legislador menor será el ámbito de acción de la administración para reglamentarla. Con todo, concluye, el límite más importante para el ejercicio de la potestad reglamentaria es su subordinación a la ley, tanto desde el punto de vista jerárquico como sustancial. En consecuencia, a través de la potestad reglamentaria no es posible ampliar, restringir, modificar o contrariar la norma promulgada por el legislador (límite por competencia), así como tampoco limitar o impedir la realización de los fines perseguidos por esta (C. P. Germán Alberto Bula).
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