Coronavirus (covid-19)Decreto 560 del 2020 no aplica a empresas en proceso de reestructuración en los términos de la Ley 550 de 1999
05 de Febrero de 2021
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Nota:
119040
La Superintendencia de Sociedades, en reciente concepto, indicó que no hay lugar a realizar aclaraciones acerca de los argumentos expuestos en el Concepto 220-200592, del 15 de octubre del 2020, según el cual el Decreto 560 del 2020, por el cual se adoptaron medidas transitorias especiales en materia de procesos de insolvencia, en el marco del estado de emergencia económica, ni su decreto reglamentario 842 del 2020, se pueden aplicar a las empresas que estén adelantando procesos de reestructuración en los términos previstos en la Ley 550 de 1999. No obstante, la entidad aprovechó la oportunidad para dar alcance a dicho concepto señalando que la Ley 550 de 1999 continua vigente para las entidades territoriales, las descentralizadas del mismo orden y las universidades estatales del orden nacional o territorial de que trata la Ley 922 del 2004, en virtud del artículo 125 de la Ley 1116 de 2006. Así mismo, para los clubes con deportistas profesionales que no se convirtieron en sociedades, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 1445 del 2011.
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