Contratos estatales no se pueden prorrogar automáticamente: Consejo de Estado (2:04 p.m.)
08 de Enero de 2015
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Nota:
98405
Según el Consejo de Estado, los contratos estatales, como el de prestación de servicios, de obra, de consultoría, de suministro o cualquier otro, no se pueden prorrogar automáticamente, porque de hacerlo se vulneran las normas especiales que rigen la contratación estatal, en particular, la selección objetiva y la normativa presupuestal. No obstante, sostuvo que tratándose del procedimiento de contratación directa, y de cada una de sus múltiples causales, la prohibición aparentemente parece inaplicable por la forma como se escoge al contratista, es decir, sin invitación a varios oferentes. No obstante, indicó que ni siquiera en estos eventos procede la prórroga automática, pero sí la posibilidad de suscribir un nuevo contrato, para cumplir nuevas obligaciones en otro plazo, como sucede con el arrendamiento de inmuebles. En ese evento, el nuevo acuerdo debe cumplir las exigencias presupuestales que la ley impone, especialmente el nuevo certificado de disponibilidad presupuestal y el registro de proponentes para amparar las obligaciones y el plazo nuevo, sentenció. (C.P. Enrique Gil Botero)
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