Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Consejo de Estado precisa las diferencias entre autoridad civil y administrativa (3:15 p.m.)

Openx [71](300x120)

111413

11 de Junio de 2019

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El Consejo de Estado señaló que estos dos conceptos tienen características diferentes, mientras la autoridad civil puede entenderse como la facultad que tiene un funcionario de desempeñar actos de poder, control o dirección sobre los ciudadanos o los bienes del Estado, la autoridad administrativa supone la realización práctica de las tareas que desarrolla la entidad. Así las cosas, finaliza el pronunciamiento, “es evidente que quien pretenda solicitar la nulidad de un acto de elección con base en esta causal de inhabilidad tendrá la carga probatoria de demostrar, al menos, los mencionados elementos” (C. P. Alberto Yepes Barreiro).

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)