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Consejo de Estado hace importantes precisiones sobre el proceso verbal inmediato y porte de dosis mínima

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15 de Septiembre de 2020

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Una providencia del Consejo de Estado concluye que el proceso verbal inmediato procede para verificar que la dosis personal está siendo utilizada para fines distintos al consumo de quien la tiene en su poder y ante la existencia de evidencia de que se está atentando contra los derechos de terceros o de la colectividad. Así mismo, el alto tribunal aclaró que el procedimiento policivo debe evaluar las circunstancias de modo, tiempo, espacio y lugar, en virtud de las cuales el acto de consumo afecta el orden público para adoptar alguna medida correctiva (C. P. Roberto Serrato).

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