Pasar al contenido principal
20 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 14 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo


Condenan a la Policía por destrucción de plantas de palma durante aspersión con glifosato

30 de Septiembre de 2022

Reproducir
Nota:
150747

El Consejo de Estado condenó a la Dirección Nacional de Antinarcóticos de la Policía Nacional a pagar a una sociedad los valores de instalación de 72 hectáreas de cultivos de palma y la cosecha del tercer año de producción, por la pérdida de más de 8.000 unidades de palma de aceite durante una jornada de fumigación con glifosato que se adelantó en Tumaco (Nariño), en el 2011.

Una vez se fumigó, la sociedad comercial afectada solicitó una compensación por la destrucción de sus cultivos, atendiendo lo previsto en la Resolución 008 del 2007 del Consejo Nacional de Estupefacientes. La Policía sostuvo que en el lugar había sembradas varias plantas de coca, lo que impedía conceder el resarcimiento.

Contra esta última decisión la accionante interpuso demanda, solicitando la nulidad de los actos administrativos respectivos y una reparación económica del daño. En primera instancia, el tribunal administrativo accedió a las pretensiones. Determinó que, además de haberse demostrado que no había cultivos ilícitos en el lugar, se comprobó que en este proceso se violó el derecho a la defensa de la empresa palmera.

En segunda instancia, la alta corte determinó que la Policía violó el derecho al debido proceso de la sociedad comercial porque cuando se adelantó la visita de verificación sobre el área asperjada no se le permitió a la accionante acreditar la inexistencia de plantas de coca. Además, tampoco se tuvo en cuenta la visita ocular por medio de la cual la Oficina de Desarrollo Rural del Medio Ambiente ‘Umata’ de Tumaco constató que no existían cultivos de origen ilícito (C. P.: Martín Bermúdez Muñoz)

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)