Concejos asumen la realización del concurso para la selección del secretario
El procedimiento se realizará conforme a la Ley 1904 del 2018, de cuya aplicación no se pueden sustraer las corporaciones administrativas.18 de Enero de 2022
De acuerdo con lo previsto en el artículo 37 de la Ley 136 de 1994, corresponde al concejo municipal la elección del secretario (a) de la corporación, procedimiento que se realizará conforme a lo señalado en La ley 1904 del 2018, de cuya aplicación no se pueden sustraer las corporaciones administrativas.
En este contexto, indicó el Ministerio de Hacienda, en materia presupuestal los concejos son secciones del presupuesto general del municipio y, como tal, se rigen por todas las disposiciones y principios contenidos en la Ley Orgánica de Presupuesto y tienen la autonomía presupuestal señalada en el artículo 110 del Decreto 111 de 1996.
Dicha autonomía está dada específicamente para contratar, comprometer y ordenar el gasto de su respectiva sección, facultades que estarán en cabeza del jefe de cada órgano (presidente de la corporación), quien puede delegarlas en funcionarios del nivel directivo.
Así las cosas, los gastos generados en una sección presupuestal en ejercicio de sus competencias y funciones serán cubiertos estrictamente con su propio presupuesto, lo que quiere decir que es con cargo a la sección presupuestal ‘concejo municipal’ que se deben financiar los gastos que demande la elección del secretario de la corporación. En otras palabras, el concejo asumirá la realización del concurso para la selección del secretario con los recursos que le transfiere el municipio para atender sus gastos de funcionamiento y dentro del límite máximo permitido, es decir el 1,5 % de los ingresos corrientes de libre destinación.
Así mismo, señaló la entidad, corresponderá a la corporación administrativa estudiar alternativas que le permitan adelantar este proceso optimizando el uso de los recursos disponibles. Para ello, teniendo en cuenta que las normas sobre funcionamiento de los municipios y demás entidades del estado permiten y promueven los esquemas asociativos, se podría evaluar la posibilidad de asociarse varios concejos municipales de un mismo departamento o región.
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