Así proceden y se clasifican las medidas cautelares en el CPACA
02 de Abril de 2020
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Nota:
115873
Uno de los motivos que inspiraron la expedición del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo está relacionado con el fortalecimiento de los poderes del juez. Al respecto, la Sección Primera del Consejo de Estado recordó que las medidas cautelares proceden, en cualquier momento, a petición de parte (debidamente sustentada) y en todos los procesos declarativos. Así mismo, resaltó que se clasifican en preventivas; conservativas; anticipativas y de suspensión. Desarrolle cada uno de estos temas con el documento adjunto a esta nota (C. P. Roberto Serrato).
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