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Trabajadores independientes que laboran por prestación de servicios deben realizar aportes sobre el 40% del valor bruto del contrato (10:50 a.m.)

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12 de Julio de 2011

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Si el trabajador independiente labora mediante contrato de prestación de servicios, el monto del aporte en salud y pensiones debe efectuarse con el 12,5% y 16%, respectivamente, sobre el 40% del valor bruto del contrato facturado en forma mensual, sea cual sea la cuantía, asumidos en su totalidad por el contratista, recordó el Ministerio de la Protección Social, en oficio de mayo. La afiliación y cotización al sistema de riesgos profesionales es voluntaria, señaló.

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