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Tirilla electrónica que contiene información del comparendo de tránsito no requiere ir acompañada del mismo (9:11 a.m.)

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20 de Mayo de 2019

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La orden de comparendo no es un medio de prueba, ya que no constituye un documento idóneo para demostrar la ocurrencia de los hechos, sino que se trata de una orden formal de citación al presunto contraventor y es, precisamente, en la audiencia pública que se realiza ante la autoridad de tránsito competente donde se decretan y practican las pruebas conducentes para determinar la verdad de lo ocurrido, indicó el Ministerio de Transporte. De otra parte, teniendo en cuenta que la normativa permite el uso de medios técnicos o tecnológicos que permitan la captura, lectura y almacenamiento de la información contenida en el formulario orden de comparendo único nacional, si la tirilla expedida por un medio técnico o tecnológico contiene la información señalada en este formulario no es necesario que vaya acompañada del mismo.

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