12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 38 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo


Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios no puede intervenir en actos de cobro de los prestadores

28 de Junio de 2021

Reproducir
Nota:
128853

Frente a una consulta relacionada con las actuaciones que se pueden adelantar frente a los usuarios de servicios públicos domiciliarios que han incumplido el pago de sus facturas, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios recordó que tiene prohibido legalmente intervenir en los actos de los prestadores, de acuerdo con lo previsto en el parágrafo 1 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 13 de la Ley 689 del 2001. Esta situación, además, derivaría en un prejuzgamiento previo de situaciones que posteriormente pudiera conocer dentro de su competencia legal y/o ejercer coadministración respecto de los actos de sus vigiladas. En todo caso, recordó, teniendo en cuenta que las facturas de servicios públicos domiciliarios son títulos ejecutivos, los prestadores podrán adelantar todas las acciones que persigan el pago de las obligaciones contraídas por los usuarios, tales como el cobro ejecutivo ante la jurisdicción ordinaria o la jurisdicción coactiva para el caso de las empresas industriales y comerciales del Estado, prestadores de orden público o municipios prestadores directos del servicio.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)