Recuerdan postura sobre transformación sustancial de relaciones laborales en la función pública (9:07 a.m.)
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14 de Enero de 2020
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La Sección Segunda del Consejo de Estado recordó que la modificación a los estatutos de una entidad estatal cambia automáticamente la naturaleza del vínculo de sus servidores, pues la norma entra a regir de inmediato, salvo disposición expresa en contrario. La categoría de empleado público o trabajador oficial, agrega el pronunciamiento, no implica que se haya adquirido derecho alguno que resulte definido y no pueda ser alterado por normas posteriores. Encuentre la aplicación de esta tesis jurisprudencial en la resolución del caso concreto objeto de estudio en el documento adjunto a esta nota (C. P. Rafael Francisco Suárez).
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