Privación por medida de aseguramiento legal no se torna injusta al declarar absolución del procesado (3:20 p.m.)
28 de Junio de 2019
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Nota:
121799
Dentro de una acción de reparación directa y al resolver varios recursos de apelación, la Sección Tercera del Consejo de Estado precisó que la privación de la libertad derivada de una medida de aseguramiento legalmente proferida no se torna injusta por el solo hecho de haberse declarado la absolución a favor del procesado. Lo anterior, toda vez que si bien esta clase de decisión mantiene la intangibilidad de la presunción de inocencia, lo cierto es que con ello no se hace el estudio y la definición de fondo respecto de la conducta punible endilgada, circunstancia que exige la valoración, en cada caso concreto, respecto de la actuación de la víctima, para establecer si dio lugar a que apareciera razonablemente comprometida su responsabilidad por el supuesto delito por el cual fue procesado (C.P. María Adriana Marín)
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