Administrativo
Principio de favorabilidad se aplica en materia sancionatoria cambiaria
12 de Marzo de 2012
El padre del principio de favorabilidad es el Derecho Penal. Pero con el desarrollo de otros campos jurídicos, como el Derecho Disciplinario, el Derecho Fiscal y el Derecho Sancionatorio, entre otros, su aplicación se ha extendido a estas esferas.
Al fin y al cabo, en los Estados de derecho, la favorabilidad opera en todos los ámbitos punitivos.
Así las cosas, la favorabilidad también se aplica en los procesos sancionatorios cambiarios adelantados por la DIAN, por ser parte del régimen sancionatorio administrativo.
En un concepto reciente, la DIAN puntualizó que el régimen de responsabilidad objetiva que opera en la comisión de infracciones cambiarias no implica que se desconozcan las garantías del debido proceso, como la favorabilidad.
(DIAN, Concepto 28-4525, ene. 25/12)
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