Precisan procedencia de asignar funciones de otro cargo por necesidades del servicio (1:47 p.m.)
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26 de Abril de 2019
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Es viable que por necesidades del servicio una entidad asigne otras funciones a los empleados públicos cuando se requiera, dentro de los límites que establece la Constitución y la ley, siempre que se ajusten a las fijadas para los respectivos cargos, teniendo en cuenta las competencias y los perfiles requeridos para los mismos, sin que se desnaturalice la finalidad para la cual fueron creados, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública. Así las cosas, cuando una situación administrativa no genere vacancia temporal pero implique separación transitoria del ejercicio de las funciones a cargo el jefe del organismo puede asignar el desempeño de estas a otro empleado que desempeñe un cargo de la misma naturaleza.
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