¿Particulares deben devolver al Estado dineros que recibieron de buena fe?
14 de Agosto de 2018
La buena fe es uno de los principios generales del Derecho y gobierna las relaciones entre la administración pública y los ciudadanos, precisó la Sección Segunda del Consejo de Estado al resolver un recurso de apelación dentro de un proceso de nulidad y restablecimiento de derecho. (Lea: En este evento prestaciones pagadas por error de la Administración no deben restituirse)
De igual forma, el fallo precisó que cada una de las normas que componen el ordenamiento jurídico debe ser interpretada a luz del principio de la buena fe, de tal suerte que las disposiciones normativas que regulen el ejercicio de derechos y el cumplimiento de deberes legales siempre deban ser entendidas en el sentido más congruente con el comportamiento leal, fiel y honesto que se deben los sujetos intervinientes en la misma.
En pocas palabras, la buena fe incorpora el valor ético de la confianza y significa que el hombre cree y confía que una declaración de voluntad surtirá sus efectos usuales, es decir, los mismos que ordinaria y normalmente ha producido en casos análogos. (Lea: Paso del tiempo no normaliza prestaciones económicas otorgadas contra la ley)
En materia contencioso administrativa, la providencia aseguró que si bien el Estado tiene la facultad de pedir la nulidad de los actos administrativos que reconozcan prestaciones periódicas, el legislador impone un límite, consistente en que no puede recuperar las prestaciones pagadas a particulares de buena fe. Por consiguiente, corresponde al Estado probar que el beneficiario de la pensión actuó de mala fe al solicitar el reconocimiento o la reliquidación pensional (C. P. César Palomino Cortés).
Consejo de Estado, Sección Segunda, Sentencia 68001233300020150019802 (20752017), Mar. 8/18.
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