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Administrativo


Nulidad del acto general deja sin efectos a sus decretos reglamentarios

La nulidad de los actos administrativos produce efectos desde su expedición, pues el estudio de legalidad se remite a su origen.
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07 de Febrero de 2012

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La declaración de nulidad de un acto general, como una ordenanza o un acuerdo distrital o municipal, deja sin efectos a sus decretos reglamentarios.

 

Así lo reiteró la Sección Segunda del Consejo de Estado, al aclarar que los decretos reglamentarios de una norma general pierden su fuerza ejecutoria, cuando desaparece el fundamento de hecho o de derecho indispensable para su existencia.

 

La corporación recordó que la nulidad de los actos administrativos produce efectos desde su expedición, pues el estudio de legalidad se remite a su origen.

 

Con estos argumentos, el alto tribunal confirmó la nulidad de un decreto departamental, porque la ordenanza que sustentó su expedición fue declarada nula previamente.

 

(Consejo de Estado, Sección Segunda, Sentencia 68001231500020000155202, jul. 6/11, (1638-10), C. P. Alfonso Vargas Rincón)

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