No asistir a la entrevista dentro del proceso de selección de personero no da lugar a ser excluido
30 de Junio de 2021
La entrevista dentro del proceso de selección del personero municipal no tiene carácter eliminatorio, sino clasificatorio, máxime si la Corte Constitucional ha señalado que por su valoración subjetiva es un factor accesorio y secundario de la selección, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública.
De acuerdo con la Sentencia C-105 del 2003, el alto tribunal manifestó que la oposición y el mérito deben tener el mayor peso relativo dentro del concurso, de modo que la valoración subjetiva a través de mecanismos como las entrevistas constituye tan solo un factor accesorio y secundario de la selección.
No obstante, si un participante del proceso no asiste el día y en la hora señalada para la entrevista programada obtendrá un puntaje de 0, sin que sea viable excluirlo del concurso de méritos, ya que, se reitera, no es una prueba de carácter eliminatorio.
Para efectos de la consulta, la entidad precisó que la entrevista debe ser realizada por el concejo municipal aunque solo un candidato haya superado la prueba de conocimiento, de manera que la Corporación deberá realizar el proceso completo.
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