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Nacimiento prematuro y posterior muerte de feto dio lugar a responsabilidad por falla médica (11:39 a.m.)

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11 de Marzo de 2019

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La Sección Tercera del Consejo de Estado declaró la responsabilidad por falla médica al estudiar la complicación quirúrgica de una mujer embarazada a quien le fue practicada una colecistectomía en el dispensario en un batallón (donde trabajaba como enfermera), pero durante el procedimiento se presentó una complicación debido a un accidente que dio lugar a la ‘sección del colédoco o vía biliar principal’, por lo que se produjo el nacimiento prematuro de la criatura gestante que luego falleció. La corporación constató que el lugar donde se practicó la cirugía no contaba con las condiciones mínimas requeridas para este tipo de procedimientos, ni tenía las garantías para atender una eventual complicación intraoperatoria, como en efecto ocurrió. Incluso, como la paciente era una mujer en etapa de gestación merecía un tratamiento especial del centro hospitalario. Por lo anterior, se condenó a la Nación - Ministerio de Defensa, Ejército Nacional debido a las precarias condiciones de atención que padeció la demandante. También se ordenó la indemnización de perjuicios morales, materiales y fisiológicos (por la alteración a las condiciones de existencia). Consulte el análisis completo en la sentencia adjunta (C. P. María Adriana Marín).

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