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19 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 27 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Los argumentos de la condena a la Nación por atentado al club El Nogal

22 de Agosto de 2018

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El Consejo de Estado declaró la responsabilidad administrativa y patrimonial de la Nación por la muerte y lesiones ocasionadas por la explosión de un carro bomba en las instalaciones del club El Nogal en Bogotá, el 7 de febrero del 2003.

 

Las entidades que fueron condenadas son:

 

-          Ministerio de Defensa.

 

-          Policía Nacional.

 

-          Ministerio del Interior y de Justicia.

 

-          Fiscalía General de la Nación y

 

-          El extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).

 

Vale la pena aclarar que este fallo de la Sección Tercera revocó las sentencias de reparación directa mediante las cuales el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones de las víctimas.

 

La Sala concluyó que la población civil ajena al conflicto y protegida por el derecho internacional no debía ser expuesta por dichas entidades, pues quedó establecida la utilización de las instalaciones del club privado con fines institucionales y reuniones de altos funcionarios del Estado, auspiciadas por el Ministerio del Interior.

 

Pero también se comprobó que la ministra de Defensa de la época, Martha Lucía Ramírez, pernoctó en el lugar donde se produjo el ataque. (Lea: Ratifican fallo que exime de responsabilidad civil al Club El Nogal por atentado)

 

Se enfatizó que el Estado de conmoción decretado y la difícil situación de orden público que por esos días se vivía en el país obligaba a las autoridades a extremar las medidas para garantizar la seguridad y protección debida a la población civil.

 

Omisiones de entidades

 

Se evidenció, igualmente, la omisión en los deberes de prevención, seguridad y protección en los que incurrieron la Fiscalía y el extinto DAS, en tanto se abstuvieron de dar pronto trámite y verificación a la información recibida acerca de la inminencia de un atentado terrorista de gran magnitud en el norte de la capital colombiana.

 

Lo anterior a pesar de que fueron señaladas las instalaciones del club como posible blanco de esas intenciones. Se hizo notar, además, la eventual concurrencia del club en dichas omisiones.

 

Como consecuencia del reconocimiento de responsabilidad de la Administración en este caso se encontró procedente la indemnización de perjuicios morales y materiales conforme a la jurisprudencia unificada de la sección y lo probado en el expediente. (Lea: Los salvamentos que defienden reparación a víctimas por atentado de Pablo Escobar)

 

Otras medidas

 

Como medidas de reparación integral, satisfacción y no repetición se ordenó la instalación de una obra de arte en las inmediaciones de la zona afectada con el atentado, previo proceso creativo acordado con las víctimas y con el objeto de sensibilizar la exposición de la población civil a acciones violentas, así como la realización de un acto público de desagravio en el que se realice la presentación e inauguración de la misma.

 

Finalmente, se dispuso el envío de la providencia al Centro Nacional de Memoria Histórica, a la Jurisdicción Especial para la Paz y a la Comisión de la Verdad, con el fin de documentar la memoria del país y contribuir a su esclarecimiento.

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