Administrativo
Gobernadores y alcaldes deben designar responsables de control interno en entidades descentralizadas.
23 de Diciembre de 2013
A partir del 1º de enero del 2014, los gobernadores y alcaldes deben designar a los funcionarios responsables del control interno en las entidades del nivel territorial, informó la Procuraduría General de la Nación, a propósito del inicio de la etapa previa a las elecciones.
Además, el ente de control recordó que, de acuerdo con la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado (Auto 11001030600020130039400), puede ejercer el control disciplinario sobre los gerentes de entidades descentralizadas en departamentos, municipios y distritos, en consonancia con el artículo 76 del Decreto 262 del 2000.
En ese sentido, solicitó dar cumplimiento a los artículos 8º y 9º de la misma norma, que regulan este procedimiento. De otro lado, invitó a las máximas autoridades administrativas de las entidades territoriales, tanto centralizadas como descentralizadas, a cumplir las disposiciones del Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 de 2011).
(Procuraduría General de la Nación, Carta Circular 7908, dic. 18/13)
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