Falta de notificación de un acto administrativo lo hace inoponible e ineficaz frente a quienes lo desconocen (11:53 a.m.)
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27 de Diciembre de 2016
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Un fallo reciente de la Sección Primera del Consejo de Estado respaldó su propia jurisprudencia, la cual ha sostenido que la falta de notificación de un acto administrativo no lo torna en ilegal, sino que lo hace inoponible e ineficaz frente a quienes lo desconocen. Vale la pena recordar que así lo ha puesto de presente esta misma Sección desde el año 2012, cuando manifestó que la falta de notificación no atenta contra la validez del acto, pero sí su eficacia. Ahora bien, recientemente, concluyó, a través de un recurso de apelación que atacaba una sentencia proferida por la Sala Tercera del Tribunal Administrativo de Bolívar, que la falta de notificación del acto es un factor extrínseco que solo puede generar la no producción de efectos jurídicos y, por tanto, no es una causal de nulidad, pues estas se encuentran claramente señaladas en la ley (C.P. Roberto Augusto Serrato, despacho encargado).
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