Esto debe saber sobre la petición de pruebas en el proceso administrativo (10:34 a.m.)
27 de Mayo de 2019
Reproducir
Nota:
111682
Una providencia reciente del Consejo de Estado explica que la petición de pruebas debe darse dentro del lapso establecido por la ley, so pena de que ella devenga en ilegal y, en consecuencia, carezca de validez, conforme lo establecen los artículos 212 y 214 del CPACA. Así las cosas, la providencia precisa que las oportunidades probatorias son: i) la demanda; ii) la contestación; iii) la reforma de la demanda; iv) la contestación de la reforma de la demanda; el escrito de reconvención y vi) la contestación a la demanda de reconvención (C. P. Sandra Lisset Ibarra).
Opina, Comenta