Este es el proceso que se debe iniciar por recibir doble asignación del tesoro público (3:20 p.m.)
04 de Marzo de 2019
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Nota:
121931
Cuando se percibe más de una asignación del tesoro público como contraprestación por desempeñar de manera simultánea más de un empleo público, sin estar dentro de las excepciones previstas en la ley, puede ocasionarse un daño patrimonial al Estado. En este caso, indicó la Contraloría General de la República, es procedente iniciar un proceso administrativo por doble asignación proveniente del tesoro público, regulado por la resoluciones orgánicas 5586 del 2004 y 5708 del 2006, previo análisis de la ocurrencia de la caducidad (tres años de producido el acto que genera la infracción constitucional). Cuando el daño al patrimonio del Estado sea consecuencia de la gestión fiscal, el proceso será el de responsabilidad fiscal regulado en las leyes 610 del 2000 y 1474 del 2011.
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