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Administrativo


Estado responde por conductas dañinas de sus agentes, si están vinculadas con el servicio

07 de Junio de 2011

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Nota:
28543

El Estado debe responder por las conductas dañinas de sus agentes, si tienen un vínculo con el servicio público, es decir, siempre y cuando se presenten como expresión o consecuencia del funcionamiento del servicio.

 

Así lo recordó el Consejo de Estado, al conocer el caso de un suboficial del Ejército que, estando en licencia, disparó un arma de defensa personal y le causó la muerte a un civil.

 

Según el alto tribunal, la simple calidad de funcionario que tenga el autor del hecho dañino no vincula necesariamente a la administración, ya que puede tratarse de actuaciones dentro de su ámbito privado, separadas de toda actividad pública.

 

En el proceso, se pudo comprobar que el suboficial no portaba un arma de dotación oficial. Por lo tanto, no se podía imputar una falla del servicio por el incumplimiento de los deberes de guarda y de custodia, explicó la corporación.

 

(C. E., Secc. Tercera, Sent. 05001232600019950004701 (20159), abr. 27/11, C .P. Ruth Stella Correa Palacio)

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