Administrativo
Estado puede repetir contra sucesión de funcionario condenado
Es la primera vez que se repite contra la masa sucesoral de un funcionario para garantizar la responsabilidad por los daños patrimoniales que sufrió la administración.
10 de Febrero de 2016
Hoy miércoles, el nuevo presidente del Consejo de Estado, Danilo Rojas Bentancourth, anunció la condena por $ 800 millones a la sucesión del excontralor Rodolfo González García, luego de comprobarse que una de sus decisiones cuando dirigió la Contraloría General, en 1987, no fue ajustada a derecho, lo que ocasionó un fallo en contra de la Nación.
Gonzalez falleció en el año 2003, por esto, serán los sucesores procesales quienes deberán cancelar la suma ordenada por una providencia de la Sección Tercera. Según el anuncio del alto tribunal, es la primera vez que se repite contra la masa sucesoral de un funcionario para garantizar la responsabilidad de los daños patrimoniales que sufrió la administración.
En el caso concreto, se había condenado a la Contraloría por la destitución de una funcionaria a la cual se le pidió su renuncia poco antes de cumplir dos años de labores, periodo que la hacía acreedora de algunos beneficios económicos. Ante la respuesta de la funcionaria, que manifestó que renunciarían solo después de cumplir los dos años, González procedió a declarar su insubsistencia y a retirarla del cargo, nombrando en su remplazo a una persona que no tenía los requisitos para suplirla.
“La conducta del funcionario fue dolosa, por cuanto su decisión tenía como propósito que la demandante no cumpliera los dos años de servicio, aunque se trataba de un cargo de libre nombramiento y remoción”, declaró la alta corporación.
En consecuencia, al haber encontrado uno de elementos para la prosperidad de la acción de repetición, en cuanto el acto administrativo proferido por el excontralor fue anulado y la entidad condenada a pagar una suma de dinero a favor de la funcionaria despedida, la Sala decidió repetir contra este funcionario, independientemente que ya había fallecido, con el fin de que sea resarcida la condena económica que pagó en su momento la Nación.
(Consejo de Estado Sección Tercera, Sentencia 11001032600020010006001 (21712), Jun. 26/15, C.P. Stella Conto Díaz)
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