12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Esta casuística repasa la culpa exclusiva de la víctima en demandas contra la Nación (11:25 a.m.)

30 de Julio de 2018

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Nota:
107841
La Sección Tercera del Consejo de Estado estudió un medio de control que pretendía la responsabilidad extracontractual de la Fiscalía por la privación de la libertad que padeció un policía, presunto autor de los delitos de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes y prevaricato por omisión. El demandante desarrolló un operativo de policía judicial sin llenar los requisitos legales y allanó la habitación de una mujer sin que mediara orden que lo habilitara. Esa anomalía procedimental dio lugar a la vinculación del actor a la investigación penal en la que fue privado de su libertad. La sala encontró que el actor no explicó en forma razonable, creíble y sostenida los motivos por los cuales allanó dicha habitación, actuación que contribuyó a la producción del daño. “De ahí que no pueda beneficiarse de su falta de colaboración con la justicia para ahora reclamar los perjuicios derivados de su detención. Como agente del orden le bastaba indicar las razones que tuvo para actuar de tal forma y con ello impedir que se configurara la causal eximente de responsabilidad”, agrega el fallo. Todo lo anterior significó que se configurara una de las causales eximentes de responsabilidad, pues la víctima actuó con culpa grave (C. P. Ramiro Pazos Guerrero).

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